Aplicando el criterio de supremacía constitucional, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó ayer seis amparos que ocho empresas promovieron contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) promulgada el 9 de marzo del 2021 por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los amparos impedían que se aplicara a las ocho empresas el nuevo régimen impuesto por la reforma a la LIE y en su lugar continuaran con el anterior, que daba prevalencia al modelo de política energética de libre mercado.
En sesión, los ministros aprobaron en paquete, por unanimidad de cuatro votos, seis proyectos de la ministra Lenia Batres Guadarrama, con los cuales sobreseyeron los juicios, es decir, se dejaron sin estudio y se revocó la protección contra la LIE que habían ganado en juzgados federales las empresas Parque Salitrillos, Parque Solar Don José, Parque Solar Villanueva, Productora Nacional de Papel, Alimentos Sello Rojo, Munisol, Promotora VA y Fuentes de Energía Peñoles.
Lo anterior, debido a que no se puede dar a las empresas la protección de la justicia federal contra la LIE por la reciente reforma constitucional en materia de áreas y empresas estratégicas, promulgada el 31 de octubre de 2024, que dio preponderancia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) frente a las firmas privadas.
Los fallos de la segunda sala se derivan de la resolución de amparos en revisión promovidos por la Presidencia de la República, que entonces encabezaba López Obrador, y por el Congreso de la Unión.